Oct 6, 2015 02:44
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Spanish term

Persona Natural, Empresas o Familias con necesidad de asesoria en Blindaje Patri

Spanish to English Bus/Financial Finance (general) labor comercial de vinculación de clientes Persona Natural, Empresas o Familias con necesidades de asesoramiento en Blindaje Patrimonial
INTERNATIONAL CORPORATE PROTECTION

"labor comercial de vinculación de clientes Persona Natural, Empresas o Familias con necesidades de asesoramiento en Blindaje Patrimonial"

Proposed translations

29 mins

Natural person, Companies, or Families with the requirement of advice in Patrimonial Protection

Natural person, Companies, or Families with the requirement of advice in Patrimonial Protection.
References:
Los significados que encontré están debajo de este párrafo. Estoy seguro sobre lo que presenté en la traducción: «personas físicas [personas naturales]» para manifestar que en prioridad son personas físicas [el hombre' el individuo del género humano, con inclusión de la mujer, por supuesto] y por consiguiente (dado a que hablan sobre las «natural persons (en inglés)» por: «This clause also applies to parties who are natural persons»), ello significa que las mismas personas físicas, también son personas naturales [el hombre en cuanto sujeto del Derecho, con capacidad para adquirir y ejercer derechos, para contraer y cumplir obligaciones, y responder de sus actos dañosos o delictivos].
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REFERENCIAS
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Black´s Law Dictionary (9th Edition) Page 1127.
Natural person. See PERSON (1).
Black´s Law Dictionary (9th Edition) Page 1257.
Person. (Be) 1. A human being. –Also termed natural person.
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Diccionario Jurídico Elemental por Guillermo Cabanellas.
Persona:
o Filosóficamente, substancia individual de naturaleza racional (Boecio). | Naturaleza humana encarnada en un individuo (Headrick). | Ser humano capaz de derechos y obligaciones; el sujeto del Derecho. | Cualquier hombre o mujer. | Más indefinidamente, se refiere a ésta o aquél cuando se ignora el nombre o no se quiere mencionar. | Hombre de gran capacidad u otras notables prendas. | Personaje. | Quien desempeña importantes funciones en la vida pública. FÍSICA. El hombre, el individuo del género humano, con inclusión de la mujer, por supuesto. | JURíDICA. Ente que, no siendo el hombre o persona natural (v.) es susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones. A esta noción más bien negativa, o meramente diferenciadora de la otra especie de sujetos del Derecho, de los individuos humanos, cabe agregar la nota activa de integrar siempre las personas jurídica. | un grupo social con cierta coherencia y finalidad, con estatuto jurídico peculiar. | NATURAL. El hombre en cuanto sujeto del Derecho, con capacidad para adquirir y ejercer derechos, para contraer y cumplir obligaciones, y responder de sus actos dañosos o delictivos. | SOCIAL. (V. PERSONA JURÍDICA.).
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