GLOSSARY ENTRY (DERIVED FROM QUESTION BELOW) | ||||||
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18:40 Feb 10, 2024 |
Spanish to English translations [PRO] Law/Patents - Law (general) / Notarial certification of Pollce Clearance Certificate | |||||||
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| Selected response from: Jane Martin Local time: 04:37 | ||||||
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Summary of answers provided | ||||
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3 +2 | banking payments |
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4 | "bank receipts" |
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Summary of reference entries provided | |||
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entero, en contado |
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Discussion entries: 2 | |
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banking payments Explanation: C. Rica y Nic. Recibo de la cantidad de dinero que se paga, de acuerdo a arancel, por ciertas obligaciones establecidas en la ley. https://dle.rae.es/entero?m=form https://forum.wordreference.com/threads/desmarca-de-enteros-... https://www.proz.com/kudoz/spanish-to-english/law-general/18... -------------------------------------------------- Note added at 14 hrs (2024-02-11 09:07:50 GMT) -------------------------------------------------- @ Manuel. Just using 'payments' in the plural makes it clear that it refers to more than one payment. I don't think they are vouchers. |
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Notes to answerer
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21 hrs confidence:
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7 hrs |
Reference: entero, en contado Reference information: Quote, Plano catastrado: SJ-ochocientos setenta y nueve mil doscientos treinta y siete-dos mil tres; libre de anotaciones y con los gravámenes que indica el Registro al día de hoy. Dicho inmueble cuenta con cuatro contratos de arrendamiento vigentes al día de hoy, que devengan una renta mensual total de un millón cuatrocientos diez mil colones (CRC 1.410.000). El precio base de dicho bien para la primera subasta es de ciento ochenta y cinco mil dólares (USD $185.000); para la segunda subasta será un 75% del precio base para la primera; y para la tercera subasta será un 25% del precio base para la primera subasta. Queda entendido que para que una oferta sea válida, el oferente deberá entregarle al Fiduciario, según corresponda, un 15% del precio base en primera y segunda subasta, y un 100% del precio base para la tercera subasta. Como excepción a lo anterior y en concordancia con lo que establece el Código Procesal Civil en relación con los procesos de remate en la vía judicial los fideicomisarios principales podrán participar de las subastas indicadas sin necesidad de efectuar el depósito previo. Dichos montos deberán ser entregados al Fiduciario en efectivo, mediante entero bancario, a la orden del Fiduciario, o cheque de gerencia de un banco costarricense, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido al Fiduciario, deberá depositar, dentro del tercer día, salvo que los fideicomisarios principales autoricen un plazo mayor, el precio total de su oferta, mediante cheque de gerencia, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario. Si el mejor oferente no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, el remate se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el quince por ciento del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija de daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento, y el resto en abono al crédito de los fideicomisarios principales, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier otro gasto que haya causado el presente fideicomiso. Se deja constancia que una vez que el bien antes descrito haya sido adjudicado y/o vendido, y que dicha adjudicación y/o venta se declare firme, se haya pagado la totalidad del precio de venta y/o adjudicación producto del proceso de ejecución y no existan sumas adeudadas al Fiduciario que hayan sido generadas por la administración, gestión o ejecución del presente fideicomiso, el Fiduciario otorgará por medio de representante, la escritura pública correspondiente al traspaso de la finca antes dicha a favor del comprador y/o adjudicatario correspondiente, producto del proceso de ejecución del fideicomiso. El adjudicatario y/o comprador deberá asumir de forma completa, el pago de los honorarios y gastos legales del Notario Público elegido por el Fiduciario para efectuar el traspaso indicado y para que el Notario Público pueda presentar el testimonio de la escritura de traspaso ante el Registro Nacional en un plazo improrrogable de ocho días naturales contados a partir de la firma de la escritura pública. Se deja constancia que en cualquier momento antes de realizarse las subastas aquí referidas, se podrá cancelar la totalidad de las sumas adeudadas al amparo del crédito garantizado por el Fideicomiso y todos los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el Fideicomiso, caso en el cual se suspenderá el proceso de venta. Adicionalmente, de conformidad con el Fideicomiso, en este acto le requerimos formalmente cesar el uso por mera tolerancia concedido en virtud del Fideicomiso con respecto a la finca mencionada anteriormente. Solicitamos poner a RBT, como fiduciario del Fideicomiso, en posesión de dicha finca en el plazo improrrogable de cinco (5) días hábiles; de otra forma, RBT tomará todas y cualesquiera de las medidas indicadas en dicha cláusula, incluyendo la notificación a cualesquiera arrendatarios de dicho inmueble, según lo establece el Fideicomiso.—Juvenal Sánchez Zúñiga.—1 vez.—( IN2020466848 ). quite a long distance into the document...PUBLICACIÓN DE UNA VEZ RBT TRUST SERVICES LIMITADA RBT Trust Services Limitada (el “fiduciario”), cédula de persona jurídica 3-102-472322, en calidad de fiduciario del Fideicomiso “CONTRATO DE CRÉDITO Y FIDEICOMISO DE GARANTÍA DUAL SERVICIOS CR-RBT-DOS MIL DIECINUEVE” (el “fideicomiso”), procederá a subastar el bien que adelante se dirá, de conformidad con lo establecido en el fideicomiso. Dicho proceso se realizará mediante las siguientes subastas: (i) Primera subasta: a las dieciséis horas del día trece (13) de julio del año dos mil veinte (2020); (ii) Segunda subasta: a las dieciséis horas del día veintiocho (28) de julio del año dos mil veinte (2020); y, (iii) Tercera subasta: a las dieciséis horas del día doce (12) de agosto del año dos mil veinte (2020). Todas las subastas se celebrarán en las oficinas de Invicta Legal, ubicadas en San José, Escazú, 200 metros sur de la entrada de los cines de Multiplaza, EBC Centro Corporativo, piso 10. El bien por subastar es la finca del partido de San José, matrícula QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA-CERO CERO CERO (595790-000), con las siguientes características: naturaleza: terreno de agricultura con una casa; situación: distrito primero Colón, cantón séptimo Mora, de la provincia de San José; linderos: norte, María Mora Gutiérrez; sur, Torres de Colón S.A.; este, calle pública; oeste, Grettel Madrigal Mora; medida: ciento sesenta y seis metros con veintisiete decímetros cuadrados (166,627 m2); plano catastrado: SJ-ochocientos ochenta y seis mil seiscientos siete-dos mil tres; libre de anotaciones y gravámenes según indica el Registro al día de hoy. El precio base de dicho bien para la primera subasta es de CIEN MIL DÓLARES (USD$100.000). Para la segunda subasta será un 75% del precio base para la primera; y para la tercera subasta será un 25% del precio base para la primera subasta. Queda entendido que para que una oferta sea válida, el oferente deberá entregarle al fiduciario, según corresponda, un 15% del precio base en primera y segunda subasta, y un 100% del precio base para la tercera subasta. Como excepción a lo anterior y en concordancia con lo que establece el Código Procesal Civil en relación con los procesos de remate en la vía judicial los fideicomisarios principales podrán participar de las subastas indicadas sin necesidad de efectuar el depósito previo. Dichos montos deberán ser entregados al fiduciario en efectivo, mediante entero bancario, a la orden del fiduciario, o cheque de gerencia de un banco costarricense, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación del fiduciario, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido al fiduciario, deberá depositar, dentro del tercer día, salvo que los fideicomisarios principales autoricen un plazo mayor, el precio -------------------------------------------------- Note added at 7 hrs (2024-02-11 01:55:41 GMT) -------------------------------------------------- to find above , at top of document press words in blue....REMATES AVISOS https://www.imprentanacional.go.cr/pub/2020/06/27/COMP_27_06_2020.html |
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